Principio de selección objetiva y desborde de la discrecionalidad del funcionario público, en el establecimiento de los requisitos habilitantes, para la selección de contratistas.
Fecha
2018-12-11
2018-12-11
Autor
Sánchez Rivera, Daniel Alberto
Asesor/Director
Ospina Diaz, Milton Ricardo
Metadatos
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Resumen
Revisar que tanta discrecionalidad garantiza la actividad del funcionario público cuando establece los requisitos habilitantes en un proceso de selección del contratista en los contratos que celebra el estado, obliga recopilar la producción científica y analizar la respectiva legislación nacional del tema. La Constitución Política de Colombia, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, recientemente la Ley 1882 de 2018 entre otras normas, contienen los principios y reglas constitucionales y legales, que sirven de máximas de optimización en palabras de Alexy, para que los funcionarios públicos elaboren pliegos de condiciones en los procesos contractuales que le garanticen a los oferentes objetividad, transparencia y proporcionalidad. Además de que en las fases de la actividad contractual del Estado se elaboren contratos equilibrados, con exigencias técnicas precisas y financieramente viables.
Palabras clave / Materias
Contratación estatal
Selección contratistas
Funcionarios públicos - Colombia
Transparencia del estado
Pliego de condiciones
Contratación estatal
Selección contratistas
Funcionarios públicos - Colombia
Transparencia del estado
Pliego de condiciones
URI para citación
https://repositoriocdim.esap.edu.co/handle/20.500.14471/26873
https://repositoriocdim.esap.edu.co/handle/20.500.14471/26873
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