Derechos humanos. Unidad didáctica 1: Estado social de derecho y derechos humanos
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Fecha
2017-08
2017-08
Autor
Burbano Villamarín, J. Kenneth
Parra Ramírez, Esther
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Resumen
En el Estado social de derecho se atribuye a los poderes públicos la consecución de los mínimos vitales para el desarrollo de una vida digna de todas y cada una de las personas que integran la sociedad; es decir, la administración pública es la responsable de proporcionar a todas las personas sometidas a su jurisdicción las políticas necesarias y los servicios públicos adecuados para el pleno desarrollo de su personalidad. Dicho derecho está reconocido no sólo a través de las libertades tradicionales, sino también a partir de la consagración constitucional, legal e internacional de los derechos fundamentales de carácter económico, social y cultural, así como de los derechos colectivos y del medio ambiente. Estos derechos tienen por objeto asegurar las condiciones que todo ser humano requiere para poder vivir una vida digna y apta para el disfrute pleno de sus capacidades y potencialidades. Del principio de Estado social de derecho se deducen diversos mandatos y obligaciones constitucionales: Primero, el Congreso tiene la tarea de adoptar las medidas legislativas necesarias para construir un orden político, económico y social justo; por su parte, el Estado y la sociedad en su conjunto, de conformidad con los principios de la dignidad humana y de la solidaridad, deben contribuir a garantizar a toda persona la realización de su proyecto de vida. De esta forma, el principio de Estado social de derecho se traduce en sus fines, que buscan promover la prosperidad general; garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, pasando de lo meramente formal a lo real, como lo ha explicado la jurisprudencia. Se caracteriza el Estado social de derecho por ser democrático (dentro de la política de democratización del Estado colombiano se ha privilegiado la participación de las personas en los asuntos de interés general), por reconocer los derechos individuales y colectivos, con una idea de propiedad privada, pero sumada a la existencia de su función social y una importante labor interventora en el orden económico. El derecho a llevar una vida digna no puede hacerse efectivo a menos que todos puedan satisfacer de manera adecuada y equitativa sus necesidades de trabajo, alimentación, vivienda, atención médica, educación y cultura; por eso en el Estado social de derecho se reconoce una fundamental importancia a los derechos económicos, sociales y culturales, entendidos como aquellos que posibilitan un nivel de vida adecuado para las personas. En síntesis, el papel del Estado en relación con la persona individual implicó una reformulación de los principios del Estado social de derecho, que trajo consigo una nueva formulación de los derechos fundamentales.
Palabras clave / Materias
Administración pública
Cultura
Atención médica
Efectividad
Jurisprudencia
Política pública
Vivienda
Desarrollo económico
Desarrollo social
Administración pública
Cultura
Atención médica
Efectividad
Jurisprudencia
Política pública
Vivienda
Desarrollo económico
Desarrollo social
URI para citación
https://hdl.handle.net/20.500.14471/28260
https://hdl.handle.net/20.500.14471/28260
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