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dc.contributor.authorConsejo de Estado
dc.coverage.spatialBogotá D.C. (Colombia)spa
dc.date.accessioned2023-12-06T20:22:45Z
dc.date.available2023-12-06T20:22:45Z
dc.date.issued2023-09
dc.identifier.citationConsejo de Estado.; (septiembre, 2023);Boletín del Consejo de Estado, jurisprudencia y conceptos; Volumen n° 270.spa
dc.identifier.urihttps://repositoriocdim.esap.edu.co/handle/20.500.14471/26957
dc.description.abstractDesde el mes de abril de 2007, el Consejo de Estado consiente de la necesidad de divulgar sus decisiones más relevantes y novedades no solo a quienes conformamos esta Jurisdicción sino a todos los ciudadanos, ha publicado 270 ediciones del boletín «Jurisprudencia y Conceptos». En esta oportunidad en punto de asuntos constitucionales, la Corporación declaró la improcedencia de una acción contra providencia judicial por el incumplimiento del requisito de subsidiariedad al proponerse un argumento nuevo en sede de tutela que pudo ser planteado dentro del proceso ordinario y no se hizo en esa instancia. En otro proceso de la misma naturaleza, la Corporación determinó que procede la acción de tutela para amparar derechos fundamentales a la salud, al trabajo y a la vida digna de una trabajadora que padece una enfermedad mental diagnosticada, y para evaluar la procedencia del teletrabajo. La Sección Segunda reiteró que, aunque la Constitución Política dispuso para las fuerzas militares un régimen disciplinario especial, ello no excluye la aplicación simultanea de las disposiciones generales aplicables a todos los servidores públicos; igualmente tratándose de situaciones en las que se encuentran comprometidas las normas de DDHH o del DHI, la aplicación de reglas normativas procesales debe hacerse conforme a los estándares convencionales de protección. Así mismo, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, la misma Sala indicó que, la sanción moratoria prevista en las leyes 244 de 1995 y 1071 de 2006, si puede concederse a favor de los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en caso de demostrarse que se incurra en mora en el pago de las cesantías parciales o definitivas. Por otro lado, la Sección Tercera, confirmó una sentencia que declaró la responsabilidad estatal y condenó patrimonialmente a la Fiscalía General de la Nación por indebida protección a víctima de violencia intrafamiliar por falta de adopción de medidas respecto de la denunciante que llevó a que su compañero permanente le causara la muerte. Igualmente, unificó su jurisprudencia sobre los efectos que produce la ausencia a salvedades cuando se firma suspensiones, adiciones o prorrogas del plazo contractual o se pactan contratos adicionales u Otrosíes. Por último, en materia de género y no discriminación dentro del medio del control de repetición se definió que, se puede reducir la condena al servidor público soldado que obró con dolo bajo estado de ira o alteración emocional al haber sido víctima de acoso por parte de sus compañeros por su condición sexualspa
dc.format.extent117 páginas
dc.format.mediumRecurso en línea / Electrónico
dc.format.mimetypeapplication/pdfspa
dc.language.isospaspa
dc.titleBoletín del Consejo de Estado, jurisprudencia y conceptos n° 270spa
dc.subject.keywordsConsejo de Estado - Colombiaspa
dc.subject.keywordsExhortosspa
dc.subject.keywordsConstitución Políticaspa
dc.subject.keywordsIgualdad de génerospa
dc.subject.keywordsviolencia intrafamiliarspa
dc.publisher.universityEscuela Superior de Administración Pública ESAPspa
dc.publisher.departmentSede Centralspa
dc.type.spaOtrospa


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