Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.advisorSantoyo Pinzón, Iván Roberto
dc.contributor.authorRodríguez Munar, Ana Yasmín
dc.coverage.spatialBogotá D.C. (Colombia)spa
dc.coverage.temporal2019spa
dc.date.accessioned2023-09-05T20:43:00Z
dc.date.available2023-09-05T20:43:00Z
dc.date.issued2019-12-11
dc.identifier.citationRodríguez Munar, A.Y. (2019). El sistema general de participaciones ley 715 de 2001. [Tesis de especialización]. Bogotá, Colombia: Escuela Superior de Administración Pública. Facultad de posgrados. Especialización en finanzas públicas.spa
dc.identifier.urihttps://repositoriocdim.esap.edu.co/handle/123456789/26901
dc.description.abstractEn desarrollo del principio de descentralización, la Constitución de 1991 creó el Sistema General de Participaciones (SGP), que está constituido por los recursos que la Nación transfiere por mandato de los artículos 356 y 357 a las entidades territoriales – departamentos, distritos y municipios, para la financiación de la satisfacción de las necesidades en cuanto a los servicios de salud, educación saneamiento básico y agua potable. Esta legislación definió inicialmente dos mecanismos a través de los cuales el gobierno nacional transfería recursos a los entes territoriales. El situado fiscal por un lado representaba los recursos que el Gobierno Nacional Central asignaba a los departamentos, al distrito capital y a los distritos de Cartagena, Barranquilla y Santa Marta con el fin de financiar la salud y la educación en estos entes territoriales. Se estableció como un porcentaje creciente de los ingresos corrientes de la nación (ICN), que permitiera cubrir de manera adecuada los servicios públicos para los cuales está destinado. Las transferencias a los municipios se hacían a través de lo que se conocía como las participaciones municipales. Estos recursos estaban destinados a sectores específicos tales como educación, salud agua potable y saneamiento básico. Al igual que en el caso del situado fiscal, el crecimiento de las participaciones estaba ligado a los ingresos corrientes de la nación (ICN).spa
dc.format.extent28 páginas
dc.format.mediumRecurso en línea / Electrónico.
dc.format.mimetypeapplication/pdfspa
dc.language.isospaspa
dc.titleEl sistema general de participaciones ley 715 de 2001spa
dc.subject.keywordsLey 715 de 2001spa
dc.subject.keywordsSistema general de participaciones SGPspa
dc.subject.keywordsDescentralización administrativa - Colombiaspa
dc.subject.keywordsTransferencia de recursosspa
dc.subject.keywordsIngresos corrientesspa
datacite.rightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2spa
oaire.resourcetypehttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fspa
oaire.versionhttp://purl.org/coar/versión/c_ab4af688f83e57aaspa
thesis.degree.disciplineEspecialización en Finanzas Públicasspa
thesis.degree.grantorEscuela Superior de Administración Pública ESAPspa
thesis.degree.levelEspecializaciónspa
thesis.degree.nameEspecialista en Finanzas Públicasspa
dc.date.embargoEnd2019-12-11
dc.identifier.instnameEscuela Superior de Administración Pública ESAPspa
dc.identifier.reponameRepositorio ESAPspa
dc.publisher.universityEscuela Superior de Administración Públicaspa
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisspa
dc.type.hasVersioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionspa
dc.type.spaOtrospa


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

© 2020 ESAP Sede Principal Calle 44 # 53 - 37 CAN, Bogotá D.C. - Código Postal: 111321
Nuevos canales de atención telefónica: En Bogotá (+57 1) 4434920, resto del país PBX: 018000 423 724
Correo Electrónico: ventanillaunica@esap.edu.co
Buzón exclusivo para efectos de notificaciones judiciales: notificaciones.judiciales@esap.gov.co
Horario de Atención: Lunes a viernes de 8 a.m. a 5 p.m. - Recibo de correspondencia externa de 8 a.m a 4 p.m

Tecnología DSpace implementada por